Artículo 104 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
104.- La sentencia firme o ejecutoriada produce acción y excepción contra los que litigaron y contra los terceros que fueron llamados legalmente al juicio. Con excepción de estos últimos, un tercero puede excepcionarse contra la sentencia firme, salvo contra la que haya recaído en juicio de estado civil a menos que, en este último caso, alegue la colusión de los litigantes para perjudicarlo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.