Artículo 222 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
222.- La consignación de dinero puede hacerse exhibiendo el certificado de depósito hecho en la sucursal del Banco de México, y en su defecto, en la Recaudación de Rentas del lugar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.