Artículo 268 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
268.- Ni la prueba en general, ni los medios de prueba establecidos por la ley, son renunciables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.