Artículo 270 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
270.- Los tribunales deben recibir todas las pruebas que se presenten por las partes en tiempo oportuno, con excepción de aquéllas que fueren contrarias a derecho o a la honestidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.