Artículo 353 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
353.- Si el testigo no sabe el idioma castellano rendirá su declaración por medio de intérprete que será nombrado por el juez. Si el testigo lo pidiere, además de asentarse su declaración en castellano, podrá escribirse en su propio idioma por él o por el intérprete.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.