Código Civil estatal

Artículo 357 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

357.- En el acto del examen de un testigo o dentro de los tres días siguientes a esa diligencia, pueden las partes atacar el dicho de aquél por cualquier circunstancia que, en su concepto, afecte la credibilidad del testigo cuando esa circunstancia no haya sido ya expresada en sus declaraciones.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 357 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

357.- En el acto del examen de un testigo o dentro de los tres días siguientes a esa diligencia, pueden las partes atacar el dicho de aquél por cualquier circunstancia que, en su concepto, afecte la credibilidad del…

¿Está vigente el artículo 357?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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