Artículo 504 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
504.- En el caso en que el emplazamiento se hubiere hecho por edictos, la sentencia se publicará en la forma que para el auto respectivo establece el artículo 499 de este Capítulo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.