Código Civil estatal

Artículo 516 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

516.- Cuando con fundamento en la declaración de ausencia o presunción de muerte de un ausente se haya abierto su sucesión, si durante la tramitación del juicio se hace constar la fecha de la muerte, desde ella se entenderá abierta la sucesión; y cesando en sus funciones el representante se procederá al nombramiento del albacea, con arreglo a derecho.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 516 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

516.- Cuando con fundamento en la declaración de ausencia o presunción de muerte de un ausente se haya abierto su sucesión, si durante la tramitación del juicio se hace constar la fecha de la muerte, desde ella se…

¿Está vigente el artículo 516?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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