Código Civil estatal

Artículo 521 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

521.- El albacea manifestará dentro de tres días después de que se le haya hecho saber su nombramiento, si acepta el cargo. Si lo acepta y entra en la administración de los bienes hereditarios, el juez le prevendrá que dentro de tres meses debe garantizar su manejo con arreglo a lo dispuesto en los artículos 1600 y 1601 del Código Civil, salvo que todos los interesados lo hayan dispensado de esa obligación. Si debiendo garantizar su manejo no lo verifica dentro del término señalado, se le removerá de plano.

(REFORMADO, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1999)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 521 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

521.- El albacea manifestará dentro de tres días después de que se le haya hecho saber su nombramiento, si acepta el cargo. Si lo acepta y entra en la administración de los bienes hereditarios, el juez le prevendrá que…

¿Está vigente el artículo 521?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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