Artículo 528 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
528.- Si durante la tramitación de un intestado apareciere el testamento, se sobreseerá aquél y se abrirá el juicio de testamentaría, a no ser que las disposiciones testamentarias se refieran sólo a una parte de los bienes hereditarios. En este último caso, se acumularán los juicios bajo la representación del ejecutor testamentario, y la liquidación y partición serán siempre comunes. Los inventarios lo serán también cuando los juicios se acumularen antes de su presentación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.