Código Civil estatal

Artículo 546 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

546.- El Tribunal competente, iniciado el asunto conforme a la ley, procederá con respecto al testamento público cerrado, al privado, o al ológrafo, con arreglo a las disposiciones que este Código establece para esas clases de testamentos otorgados en el país.

G.- Iniciación del juicio (REFORMADO, P.O. 15 DE FEBRERO DE 2006)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 546 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

546.- El Tribunal competente, iniciado el asunto conforme a la ley, procederá con respecto al testamento público cerrado, al privado, o al ológrafo, con arreglo a las disposiciones que este Código establece para esas…

¿Está vigente el artículo 546?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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