Código Civil estatal

Artículo 673 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

673.- Si la sentencia no contiene cantidad líquida, la parte a cuyo favor se pronunció, al promover la ejecución, presentará su liquidación, de la cual se correrá traslado por tres días a la parte condenada. Si ésta nada expusiere dentro del término fijado, se decretará la ejecución por la cantidad que importe la liquidación; pero si expresare su inconformidad, se dará vista de las razones que alegue a la parte promovente, por tres días, fallando el juez dentro de los tres siguientes a la conclusión de aquel plazo, lo que estime justo. Contra esta resolución no cabrá recurso alguno, salvo que en la liquidación se involucrarán las costas, pues entonces, por lo que respecta a ésta, procederá el recurso que establece el artículo 146.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 673 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

673.- Si la sentencia no contiene cantidad líquida, la parte a cuyo favor se pronunció, al promover la ejecución, presentará su liquidación, de la cual se correrá traslado por tres días a la parte condenada. Si ésta…

¿Está vigente el artículo 673?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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