Artículo 729 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
729.- Hecho el avalúo, si se trata de bienes raíces se anunciará la almoneda por dos veces, de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado, fijándose además en los tableros del Juzgado, en los términos indicados, un tanto del edicto. Si el valor de los bienes pasare de cinco mil pesos, se anunciará también su venta en la forma indicada, en un periódico de información del lugar del juicio si lo hubiere. A petición de cualquiera de las partes, y a su costa, el juez puede usar, además de los establecidos, otro medio de publicación adecuado para convocar postores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.