Artículo 740 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
740.- Si hubiere varias posturas legales, el juez decidirá cuál sea la preferente. Será preferente la mejor en oferta de precio, y en caso de que hubiere dos iguales, la que primero se haya presentado. Para este efecto, el secretario indicará al pie de cada una de ellas la hora en que fue presentada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.