Código Civil estatal

Artículo 942 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

942.- Si la sentencia condena a hacer alguna cosa o a ejecutar algún hecho, el juez señalará al que fue condenado, un plazo prudente para el cumplimiento del fallo, estándose en todo a lo dispuesto en el artículo 675 de este Código. Si el hecho consistiere en el otorgamiento de un contrato o la celebración de algún otro acto jurídico, el juez lo ejecutará en rebeldía del condenado si éste no lo verificara dentro del plazo que se le haya fijado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 942 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

942.- Si la sentencia condena a hacer alguna cosa o a ejecutar algún hecho, el juez señalará al que fue condenado, un plazo prudente para el cumplimiento del fallo, estándose en todo a lo dispuesto en el artículo 675 de…

¿Está vigente el artículo 942?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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