Artículo 284 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De la traducción de los documentos que se presenten en idioma extranjero, se mandará dar vista a la parte contraria para que dentro de tres días manifieste si está conforme. Si lo estuviere o no contestare la vista se pasará por la traducción; en caso contrario, el tribunal nombrará traductor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.