Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 337 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La confesión expresa hará prueba plena cuando concurran en ella las circunstancias siguientes:

I.- Que sea hecha en el juicio y por persona capacitada para obligarse;

II.- Que sea hecha en pleno conocimiento y sin coacción ni violencia; y III.- Que sea de hecho propio, o en su caso del representado o del cedente, y concerniente al negocio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 337 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes?

La confesión expresa hará prueba plena cuando concurran en ella las circunstancias siguientes: I.- Que sea hecha en el juicio y por persona capacitada para obligarse; II.- Que sea hecha en pleno conocimiento y sin…

¿Está vigente el artículo 337?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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