Artículo 601 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia ejecutoria hará plena fe contra todos aunque no hayan litigado, pero si alguno probare que estuvo absolutamente impedido para salir al juicio, se le admitirá probar contra ella; mas se tendrá como buena y surtirá sus efectos, hasta que recaiga otra que la contradiga y cause ejecutoria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.