Código Civil estatal

Artículo 373 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 373.- La cosa juzgada es la verdad legal, y contra ella no se admite recurso ni prueba de ninguna clase, salvo los casos expresamente determinados por la ley.

(ADICIONADO, P.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2013)

ARTICULO 373 BIS.- Inmediatamente que haya causado ejecutoria una sentencia de primera instancia o tan pronto como haya recibido la ejecutoria dictada por el Supremo Tribunal de Justicia, tratándose de resoluciones en las que se traslade o adquiera el dominio de un inmueble, el Juez a quien corresponda la ejecución de tal sentencia, estará obligado a dar aviso al Instituto Catastral, girando para ello el aviso correspondiente. Lo mismo se observará, tratándose de resoluciones dictadas en Jurisdicción Voluntaria, remates o convenios que produzcan la transmisión de la propiedad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 373 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes?

La cosa juzgada es la verdad legal, y contra ella no se admite recurso ni prueba de ninguna clase, salvo los casos expresamente determinados por la ley. (ADICIONADO, P.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2013) ARTICULO 373 BIS.-…

¿Está vigente el artículo 373?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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