Artículo 1074 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el acreedor impugnado es preferente a los otros, y al rematarse la finca no se hubiere terminado el juicio, se depositará el importe del crédito hasta que la sentencia cause ejecutoria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.