Artículo 1197 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Aprobada la cuenta a que se contrae el artículo 1193, el albacea procederá a la liquidación de la herencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.