Artículo 1281 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Presentada la cuenta que conforme al Código Civil debe rendir el tutor, mandará el juez correr traslado de ella al curador por el término de diez días, prorrogables hasta treinta en caso necesario a juicio del juez.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.