Artículo 33 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el primer caso del artículo que precede, las excepciones se llaman dilatorias y en el segundo perentorias.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.