Artículo 562 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Mientras el acreedor no acepte la consignación, o no se pronuncie sentencia sobre ella, podrá el deudor retirar del depósito la cosa; pero en este caso la obligación conserva toda su fuerza.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.