Artículo 621 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El actor formulará su demanda ofreciendo información, para acreditar que se halla en posesión del inmueble, objeto del interdicto y que se intenta inquietarlo en ella.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.