Artículo 620 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Compete el interdicto de retener al que poseyendo una cosa como dueño, o en nombre ajeno, es amenazado grave e ilegalmente de despojo por parte de un tercero, o prueba que éste ha ejecutado o hecho ejecutar actos preparatorios que tienden a una usurpación violenta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.