Artículo 676 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las obligaciones que impone el compromiso, son transmisibles a los herederos, quienes, aunque sean menores, deben sujetarse a la decisión arbitral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.