Artículo 701 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Siempre que haya de reemplazarse a un árbitro, se suspenderán los términos durante el tiempo que pase para hacer el nuevo nombramiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.