Artículo 702 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si muere alguno de los interesados, se suspenderán también los términos mientras la testamentaria o intestado tengan representante legítimo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.