Artículo 225 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 225. El que quebrante el arraigo quedará sujeto a lo dispuesto por el Código Penal, sin perjuicio de ser compelido por los medios de apremio a volver al lugar del juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.