Artículo 602 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 602. A un juicio seguido ante tribunales, pueden venir uno o más terceros, siempre que tengan interés propio y distinto del actor o del demandado, en la materia del juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.