Artículo 221 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las providencias precautorias establecidas por este código podrán decretarse como actos prejudiciales, o bien después de iniciado el juicio, hasta antes de la citación para sentencia. En el segundo caso, la providencia se substanciará en vía incidental.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.