Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 273 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Excepto los casos señalados por la ley, las diligencias de prueba sólo podrán practicarse dentro de la audiencia de juicio, bajo la sanción de nulidad.

Las diligencias de desahogo de pruebas que deban verificarse fuera del tribunal, deben ser presididas por el juez y registrarse por medios electrónicos o cualquier otro idóneo, que permita garantizar la fidelidad e integridad de la información, la conservación y reproducción de su contenido y el acceso a los mismos a quienes, de acuerdo a la ley, tuvieren derecho a ello.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 273 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila?

Excepto los casos señalados por la ley, las diligencias de prueba sólo podrán practicarse dentro de la audiencia de juicio, bajo la sanción de nulidad. Las diligencias de desahogo de pruebas que deban verificarse fuera…

¿Está vigente el artículo 273?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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