Artículo 340 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Contra la presunción legal no se admitirá prueba cuando la ley lo prohíba expresamente, ni tampoco cuando el efecto de la presunción es anular un acto o negar una acción, salvo que la ley en este último caso haya reservado el derecho de probar.
Contra las demás presunciones legales y humanas es admisible la prueba.
SECCIÓN TERCERA VALOR JUDICIAL DE LAS PRUEBAS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.