Artículo 432 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Deben ser citados para la formación del inventario, el cónyuge supérstite, los herederos, legatarios y acreedores que se hubieren presentado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.