Artículo 482 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La formalización de la partición, cuando haya lugar a su otorgamiento en escritura pública, deberá contener además de los requisitos legales, los siguientes datos:
I. Los nombres, medidas lineales y superficies, linderos, antecedentes de propiedad y en su caso de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad de los predios adjudicados, con expresión de la parte que cada heredero adjudicatario tenga obligación de devolver si el precio de la cosa excediere al de su porción o de recibir si faltare;
II. La garantía especial que para la devolución del exceso constituya el heredero en el caso de la fracción que antecede;
III. La enumeración de los muebles o cantidades repartidas;
IV. Noticia de la entrega de los títulos de las propiedades adjudicadas o repartidas;
V. Expresión de las cantidades que algún heredero quede reconociendo a otro, y de la garantía que haya constituido; y, VI. Las firmas de todos los interesados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.