Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 548 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Lo dispuesto en este capítulo es aplicable a todos los casos de secuestro judicial, salvo en aquellos casos en que la ley disponga otra cosa.

CAPÍTULO III REMATES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 548 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila?

Lo dispuesto en este capítulo es aplicable a todos los casos de secuestro judicial, salvo en aquellos casos en que la ley disponga otra cosa. CAPÍTULO III REMATES

¿Está vigente el artículo 548?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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