Artículo 645 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Admitida la apelación en efecto suspensivo, se expedirá copia certificada del auto al juez, pidiéndole la remisión del expediente. Si la apelación se admite en el efecto devolutivo de tramitación inmediata, se ordenará al juez complete el trámite señalado en el artículo 636 de este código, además de emplazar a las partes para que ocurran ante el tribunal de apelación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.