Artículo 268 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Presentada la demanda con los documentos y copias a que se refiere el Capítulo Tercero del Título Segundo, de este Código se correrá traslado de ella a la persona o personas contra quienes se proponga, emplazándolas para que la contesten dentro de ocho días, si el juicio fuere ordinario y dentro de cinco si fuera sumario.
(REFORMADO, P.O. 27 DE AGOSTO DE 1970)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.