Artículo 391 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Contra las demás presunciones legales y contra las humanas es admisible la prueba.
CAPITULO V.
Del Valor de las Pruebas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.