Artículo 752 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los árbitros podrán condenar en costas, daños y perjuicios a las partes y aun imponer multas; pero para emplear los medios de apremio ocurrirán al Juez Ordinario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.