Artículo 1.203 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1.203.- La aclaración o adición de una sentencia interrumpe el plazo para apelar.
Modificación de resoluciones provisionales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.