Artículo 1.278 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1.278.- El Tribunal explicará y aclarará las posiciones al absolvente, a efecto de que conteste con conocimiento de causa.
Contestación categórica a las posiciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.