Artículo 1.354 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1.354.- El día del desahogo de la prueba, se incluirá en el acta lo que las partes o el Juez considere necesario, ya sea transcribiéndolo o describiéndolo.
Notas taquigráficas como prueba
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.