Artículo 2.164 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2.164.- Las resoluciones que deciden incidentes sobre la liquidación de sentencia son apelables sin efecto suspensivo.
Ejecución de sentencia con parte líquida
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.