Artículo 2.349 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2.349.- El escrito de demanda deberá contener:
I. El Juzgado ante el cual se promueve;
II. La naturaleza del procedimiento que insta;
III. Nombre y domicilio del que interpo ne la demanda en los supuestos de las fracciones II y III del artículo anterior;
IV. Nombre y domicilio del receptor de violencia;
V. Nombre y domicilio del generador de violencia;
VI. Vínculo o relación que exista entre el receptor y el generador de vi olencia;
VII. Narración sucinta de los hechos, expresando las circunstancias de lugar, tiempo y modo;
VIII. El ofrecimiento de las pruebas conducentes a acreditar su demanda; y IX. Protesta y firma del que interpone la demanda o del receptor de la violencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.