Artículo 2.56 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2.56.- La solicitud de separación puede ser escrita o verbal, en la que se expresarán las causas en que se funde, el domicilio en que habrá de instalarse quien pide la separación, la existencia de los hijos menores, en su caso, exhibiendo copia certificada de las actas respectivas.
Medidas para garantizar la separación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.