Artículo 3.9 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3.9.- Quien solicite la venta o gravamen, deberá proponer las bases del remate en lo correspondiente a la cantidad que deba darse de contado, el plazo, interés y garantías para el pago del saldo.
Substanciación de la solicitud de venta o gravamen
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.