Artículo 4.81 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.81.- El albacea deberá presentar el inventario, avalúo y proyecto de partición, y se procederá a otorgar la escritura de adjudicación.
Tramitación en caso de testamento público simplificado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.