Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 209 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La inconformidad de alguno de los cónyuges sobre la resolución o disposiciones decretadas, se tramitará en forma incidental y en la misma pieza de autos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 209 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro?

La inconformidad de alguno de los cónyuges sobre la resolución o disposiciones decretadas, se tramitará en forma incidental y en la misma pieza de autos.

¿Está vigente el artículo 209?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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